En fecha 15 de Marzo de 2016 (BOE nº 66 de 17/03/2016), la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado ha considerado oportuno adoptar una Recomendación sobre la aplicación, a partir del 18 de abril de 2016, de determinados aspectos de Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión y de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de idéntica fecha, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE
Alcanzada la fecha límite citada del 18 de abril de 2016, se producirá el denominado «efecto directo» de distintos aspectos de las Directivas citadas al no haberse llevado a cabo la completa transposición de las mismas al ordenamiento jurídico español.
Tal y como señala la Junta Consultiva, las directivas comunitarias deben ser incorporadas al ordenamiento jurídico interno de cada Estado miembro de la Unión Europea a través de las normas internas correspondientes, obligando a los Estados miembros en cuanto al resultado pretendido, no en cuanto a la forma o los medios para conseguirlo.
Además, esa transposición o incorporación al ordenamiento jurídico interno debe ser realizada por los Estados miembros en el plazo establecido en la propia Directiva, plazo que generalmente suele ser de dos años.
Por todo ello y tal y como reconoce la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se produce un efecto directo “vertical” de las disposiciones de las directivas comunitarias una vez expirado el plazo de transposición de las mismas sin que ésta se haya llevado a cabo, pudiendo ser invocadas por los particulares ante la jurisdicción nacional, siempre que se cumplan una serie de requisitos que se establecen en la propia jurisprudencia del Tribunal de Justicia
Resulta por lo tanto de especial importancia atender a los cambios que, por el efecto directo “vertical” de dichas Directivas no transpuestas a la normativa nacional, se operarán en la regulación de la contratación pública y las cuales vienen recogidas en la ya citadas “recomendaciones” de la Junta Consultiva, publicada en fecha 17 de Marzo de 2016 por Resolución de 16 de marzo de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado.