La vigente Ley de Sociedades de Capital ha detallado los deberes que incumben a los Administradores y Consejos de Administración de las Sociedades Mercantiles, a los cuales han de atender los afectados so pena de poder incurrir en responsabilidad personal.
Detalla deberes de diligencia, de protección de la discrecionalidad empresarial, deberes de lealtad y evitación de situaciones de conflicto de intereses