mesamercantil

La vigente Ley de Sociedades de Capital ha detallado los deberes que incumben a los Administradores y Consejos de Administración de las Sociedades Mercantiles, a los cuales han de atender los afectados so pena de poder incurrir en responsabilidad personal.

Detalla deberes de diligencia, de protección de la discrecionalidad empresarial, deberes de lealtad y evitación de situaciones de conflicto de intereses

Así destaca el deber de diligencia que incumbe a los Administradores de las Sociedades Mercantiles, quienes se encuentran obligados a desempeñar el cargo y cumplir los deberes impuestos por las leyes y los estatutos con la diligencia de un ordenado empresario, con una dedicación adecuada y adoptanto las medidas precisas para la buena dirección y el control de la sociedad.

Dentro de esas obligaciones de diligencia, se impone un especial cuidado respecto las decisiones estratégicas y de negocio, sujetas a la discrecionalidad empresarial. Entiende al respecto la norma que se entenderá que la actuación es diligente cuando el administrador haya actuado de buena fe, sin interés personal en el asunto objeto de decisión, con información suficiente y con arreglo a un procedimiento de decisión adecuado.

Se exige asimismo al Administrador un Deber de Lealtad, siendo su actuación regida por principios de un fiel representante, obrando de buena fe y en el mejor interés de la sociedad. El no desempeño de su cargo bajo el cumplimiento de dicho deber de lealtad determinará no solo la obligación de indemnizar el daño causado al patrimonio social, sino también la de devolver a la sociedad el enriquecimiento injusto obtenido por el administrador.

Respecto dicho deber de lealtad, detalla obligaciones para el administrador, conforme las cuales:

  • No ejercitará sus facultades con fines distintos de aquéllos para los que le han sido concedidas.
  • Deberá guardar secreto sobre las informaciones, datos, informes o antecedentes a los que haya tenido acceso en el desempeño de su cargo, incluso cuando haya cesado en él, salvo en los casos en que la ley lo permita o requiera.
  • Se abstendrá de participar en la deliberación y votación de acuerdos o decisiones en las que él o una persona vinculada tenga un conflicto de intereses, directo o indirecto (excluídos aquellos acuerdos o decisiones que le afecten en su condición de administrador, tales como su designación o revocación para cargos en el órgano de administración u otros de análogo significado.
  • Se obliga al desempeño de sus funciones bajo el principio de responsabilidad personal con libertad de criterio o juicio e independencia respecto de instrucciones y vinculaciones de terceros.
  • Y, asimismo, adoptará cuantas medidas resulten necesarias para incurrir en situaciones en las que sus intereses, sean por cuenta propia o ajena, puedan entrar en conflicto con el interés social y con sus deberes para con la sociedad.

Por ello el Administrador debe evitar situaciones de conflicto de interés, por lo que evitará, incluso en el caso de que el beneficio lo sea para personas vinculadas al mismo:

  • Realizar transacciones con la sociedad, excepto que se trate de operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia, entendiendo por tales aquéllas cuya información no sea necesaria para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad.
  • Utilizar el nombre de la sociedad o invocar su condición de administrador para influir indebidamente en la realización de operaciones privadas.
  • Hacer uso de los activos sociales, incluida la información confidencial de la compañía, con fines privados.
  • Aprovecharse de las oportunidades de negocio de la sociedad.
  • Obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la sociedad y su grupo asociadas al desempeño de su cargo, salvo que se trate de atenciones de mera cortesía.
  • Desarrollar actividades por cuenta propia o cuenta ajena que entrañen una competencia efectiva, sea actual o potencial, con la sociedad o que, de cualquier otro modo, le sitúen en un conflicto permanente con los intereses de la sociedad.

Por ello los administradores deberán comunicar a los demás administradores y, en su caso, al consejo de administración, o, tratándose de un administrador único, a la junta general cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que ellos o personas vinculadas a ellos pudieran tener con el interés de la sociedad, siendo las situaciones de conflicto de interés objeto de información en la memoria a emitir con ocasión de la formulación de las cuentas anuales.

La Ley de Sociedades de Capital establece un régimen de responsabilidad de los administradores que, en su parte fundamental, atendería a los siguientes criterios:

Responsabilidad frente a la sociedad, socios y acreedores por daños derivados de sus actos u omisiones contrarias a la ley, estatutos o incumpliendo los deberes inherentes a su cargo; todo ello interviniendo dolo o culpa (presumiéndose la existencia de culpa si el acto es contrario a la ley o estatutos sociales); teniendo en cuenta que la ratificación, adopción o autorización del acto lesivo por parte de la junta general no exonerará de responsabilidad al administrador.

Asimismo es fundamental atender a que la responsabilidad señalada de los Administradores se extienden a los denominados administradores de hecho (respecto los cuales se considera tanto la persona que en la realidad del tráfico desempeñe sin título, con un título nulo o extinguido, o con otro título, las funciones propias de administrador, como, en su caso, aquella bajo cuyas instrucciones actúen los administradores de la sociedad”).

Respecto la responsabilidad por los actos, se predica la responsabilidad solidaria de todos los miembros del órgano de administración que hubiera adoptado el acuerdo o realizado el acto lesivo, salvo los que prueben que, “no habiendo intervenido en su adopción y ejecución, desconocían su existencia o, conociéndola, hicieron todo lo conveniente para evitar el daño o, al menos, se opusieron expresamente a aquél”.

Intimamente relacionada con las prevenciones normativas de la Ley de Sociedades de Capital respecto obligaciones y responsabilidad de los Administradores y Consejo de Administración, la misma establece respecto este último

-          La obligación de mantener, al menos, una reunión trimestral, reuniones, todas las que se celebren, de las que se levantará Acta que deberá ser firmada por Presidente y Secretario

-          Fija una serie de facultades indelegables del Consejo de administración, cuales son las siguientes:

La supervisión del efectivo funcionamiento de las comisiones que hubiera constituido y de la actuación de los órganos delegados y de los directivos que hubiera designado.

La determinación de las políticas y estrategias generales de la sociedad.

La autorización o dispensa de las obligaciones derivadas del deber de lealtad conforme a lo dispuesto en el artículo 230.

Su propia organización y funcionamiento.

La formulación de las cuentas anuales y su presentación a la junta general.

La formulación de cualquier clase de informe exigido por la ley al órgano de administración siempre y cuando la operación a que se refiere el informe no pueda ser delegada.

El nombramiento y destitución de los consejeros delegados de la sociedad, así como el establecimiento de las condiciones de su contrato.

El nombramiento y destitución de los directivos que tuvieran dependencia directa del consejo o de alguno de sus miembros, así como el establecimiento de las condiciones básicas de sus contratos, incluyendo su retribución.

Las decisiones relativas a la remuneración de los consejeros, dentro del marco estatutario y, en su caso, de la política de remuneraciones aprobada por la junta general.

La convocatoria de la junta general de accionistas y la elaboración del orden del día y la propuesta de acuerdos.

La política relativa a las acciones o participaciones propias.

Las facultades que la junta general hubiera delegado en el consejo de administración, salvo que hubiera sido expresamente autorizado por ella para subdelegarlas.

Todo lo anteriormente señalado que afectará tanto a sociedades no cotizadas como cotizadas (sin perjuicio del resto de obligaciones y responsabilidades que específicamente se establecen para estas últimas en la LSC y que no son objeto del presente artículo)

   

Esta web utiliza “cookies” propias y de terceros para ofrecerte un mejor servicio, almacenando información en su ordenador y nos permiten obtener datos acerca de cómo se utiliza el sitio y a mejorarlo.

Si sigues navegando y utilizando nuestro sitio, aceptas la política de uso y de privacidad. Saber más

Acepto

Los datos proporcionados mediante la cumplimentación de cualquier formulario o registro electrónico que aparezca en este sitio web, así como aquellos datos a los que González-Lago & Painceira S.L.P. pudiera acceder como consecuencia de su navegación, serán recogidos en uno o varios ficheros titularidad de la misma, ante la que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiendo solicitud firmada por escrito a la dirección indicada incluyendo copia de su DNI u otro documento identificativo equivalente.

Política de cookies

Gonzalez-Lago & Painceira Abogados S.L.P. infoma acerca del uso de las cookies en su pagina web www.glpabogado.com

¿Qué son las cookies?

Las cookies son archivos que se pueden descargar en su equipo a través de las páginas web. Son herramientas que tienen un papel esencial para la prestación de numerosos servicios de la sociedad de la información. Entre otros, permiten a una página web almacenar y recuperar información sobre los hábitos de navegación de un usuario o de su equipo y, dependiendo de la información obtenida, se pueden utilizar para reconocer al usuario y mejorar el servicio ofrecido.

Tipos de cookies

Según quien sea la entidad que gestione el dominio desde donde se envían las cookies y trate los datos que se obtengan se pueden distinguir dos tipos:

• Cookies propias: aquéllas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor y desde el que se presta el servicio solicitado por el usuario.

• Cookies de terceros: aquéllas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio que no es gestionado por el editor, sino por otra entidad que trata los datos obtenidos través de las cookies.

En el caso de que las cookies sean instaladas desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor pero la información que se recoja mediante éstas sea gestionada por un tercero, no pueden ser consideradas como cookies propias.

Existe también una segunda clasificación según el plazo de tiempo que permanecen almacenadas en el navegador del cliente, pudiendo tratarse de:

• Cookies de sesión: diseñadas para recabar y almacenar datos mientras el usuario accede a una página web. Se suelen emplear para almacenar información que solo interesa conservar para la prestación del servicio solicitado por el usuario en una sola ocasión (p.e. una lista de productos adquiridos).

• Cookies persistentes: los datos siguen almacenados en el terminal y pueden ser accedidos y tratados durante un periodo definido por el responsable de la cookie, y que puede ir de unos minutos a varios años.

Por último, existe otra clasificación con cinco tipos de cookies según la finalidad para la que se traten los datos obtenidos:

• Cookies técnicas: aquellas que permiten al usuario la navegación a través de una página web,

plataforma o aplicación y la utilización de las diferentes opciones o servicios que en ella existan como, por ejemplo, controlar el tráfico y la comunicación de datos, identificar la sesión, acceder a partes de acceso restringido, recordar los elementos que integran un pedido, realizar el proceso de compra de un pedido, realizar la solicitud de inscripción o participación en un evento, utilizar elementos de seguridad durante la navegación, almacenar contenidos para la difusión de vídeos o sonido o compartir contenidos a través de redes sociales.

• Cookies de personalización: permiten al usuario acceder al servicio con algunas características de carácter general predefinidas en función de una serie de criterios en el terminal del usuario como por ejemplo serian el idioma, el tipo de navegador a través del cual accede al servicio, la configuración regional desde donde accede al servicio, etc.

• Cookies de análisis: permiten al responsable de las mismas, el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculadas. La información recogida mediante este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma y para la elaboración de perfiles de navegación de los usuarios de dichos sitios, aplicaciones y plataformas, con el fin de introducir mejoras en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.

• Cookies publicitarias: permiten la gestión, de la forma más eficaz posible, de los espacios publicitarios.

• Cookies de publicidad comportamental: almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo.

• Cookies de redes sociales externas: se utilizan para que los visitantes puedan interactuar con el contenido de diferentes plataformas sociales (facebook, youtube, twitter, linkedIn, etc..) y que se generen únicamente para los usuarios de dichas redes sociales. Las condiciones de utilización de estas cookies y la información recopilada se regula por la política de privacidad de la plataforma social correspondiente.

Desactivación y eliminación de cookies

Tienes la opción de permitir, bloquear o eliminar las cookies instaladas en tu equipo mediante la configuración de las opciones del navegador instalado en su equipo. Al desactivar cookies, algunos de los servicios disponibles podrían dejar de estar operativos. La forma de deshabilitar las cookies es diferente para cada navegador, pero normalmente puede hacerse desde el menú Herramientas u Opciones. También puede consultarse el menú de Ayuda del navegador dónde puedes encontrar instrucciones. El usuario podrá en cualquier momento elegir qué cookies quiere que funcionen en este sitio web.

Puede usted permitir, bloquear o eliminar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones del navegador instalado en su ordenador:

• Microsoft Internet Explorer o Microsoft Edge:

http://windows.microsoft.com/es-es/windows-vista/Block-or-allow-cookies

• Mozilla Firefox: http://support.mozilla.org/es/kb/impedir-que-los-sitios-web-guarden-sus-preferencia

• Chrome: https://support.google.com/accounts/answer/61416?hl=es

• Safari: http://safari.helpmax.net/es/privacidad-y-seguridad/como-gestionar-las-cookies/

• Opera: http://help.opera.com/Linux/10.60/es-ES/cookies.html

Además, también puede gestionar el almacén de cookies en su navegador a través de herramientas como las siguientes

• Ghostery: www.ghostery.com/

• Your online choices: www.youronlinechoices.com/es/

Cookies utilizadas en www.glpabogado.com

A través de la página web de González-Lago & Painceira Abogados S.L.P. no se recoge ningún dato personal sin el conocimiento de los usuarios, ni se ceden a terceros, únicamente utiliza Google Analytics, un servicio analítico de Web prestado por Google, Inc., una compañía de Delaware cuya oficina principal está en 1600 Amphitheatre Parkway, Mountain View (California), CA 94043, Estados Unidos (“Google”). Para ello, se sirve de cookies (pequeños ficheros de datos que se generan en el ordenador del usuario con la finalidad de permitirle optimizar la navegación, adecuar el diseño de la página y mejorar sus contenidos) con el fin último de que los usuarios obtengan un servicio más satisfactorio.

Procedencia: Google Analytics

Nombre: __utm __utmb __utmz

Finalidad: Recaban información anónima sobre las veces que visita el sitio un usuario, calculan el inicio de la sesión, registran el origen de las visitas y otros datos estadísticos similares.

Puede encontrar más información al respecto e inhabilitar el uso de estas cookies en https://www.google.com/intl/es_es/policies/privacy/

Aceptación de la Política de cookies

www.glpabogado.com asume que usted acepta el uso de cookies. No obstante, muestra información sobre su Política de cookies en la parte inferior o superior de cualquier página del portal con cada inicio de sesión con el objeto de que usted sea consciente.

Ante esta información es posible llevar a cabo las siguientes acciones:

• Aceptar cookies. No se volverá a visualizar este aviso al acceder a cualquier página del portal durante la

presente sesión.

• Cerrar. Se oculta el aviso en la presente página.

• Modificar su configuración.

© González-Lago & Painceira Abogados S.L.P.