Como ya publicamos en días pasados, la Declaración de la Renta de las Personas Físicas a presentar en estos meses ante la AEAT pondrá de manifiesto las novedades fiscales producto de la Reforma Fiscal operada en la pasada legislatura.
Adelantadas en nuestro anterior artículo sobre temas fiscales algunas de las novedades en este impuesto, completamos ahora aquella información mostrando otras significativas modificaciones que hemos de tener en cuenta a la hora de cumplimentar nuestra declaración.
GLP ABOGADOS se pone a su disposición para asesorarles en materia fiscal y en concreto a la hora de cumplimentar su Declaración de la Renta
Gastos deducibles y reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
Desaparece la reducción general de 2.652 euros, por obtención de rendimientos del trabajo. Se aprueba un nuevo gasto deducible de 2.000 euros en concepto de otros gastos. Este gasto se incrementará en otros 2.000 euros anuales, en el caso de contribuyentes desempleados e inscritos en una oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual y que exija el cambio de dicha residencia. Dicho gasto también se incrementará en el importe de 3.500 euros o 7.750 euros anuales para el caso de trabajadores activos con discapacidad según el grado de la misma que les corresponda.
Reducción por irregularidad y por periodo de generación.
El actual porcentaje reductor del 40% pasa a ser del 30%.
Rendimientos del trabajo con un período de generación superior a dos años que se perciban de forma fraccionada:
- La reducción del 30 por 100 sólo será aplicable en caso de que el cociente resultante de dividir el número de años de generación entre el número de períodos impositivos de fraccionamiento sea superior a dos.
- Se explicita que el número de años de generación se computará de fecha a fecha.
Arrendamiento de bienes inmuebles reducción vivienda.
Reducción única del 60% del rendimiento neto positivo.
Reducción por periodo de generación.
Desaparece la reducción para los rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años que se cobren de forma fraccionada
Actividades económicas.- Provisiones y gastos de difícil justificación (5%).
Se establece como límite máximo del importe de provisiones y gastos de difícil justificación deducibles en el régimen de estimación directa simplificada 2.000 euros anuales.
Reducción por periodo de generación.
Desaparece la reducción para los rendimientos del capital de actividades económicas con período de generación superior a dos años que se cobren de forma fraccionada
Transmisiones por mayores de 65 años.
Nuevo supuesto de exclusión de gravamen de las ganancias patrimoniales con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales por mayores de 65 años, siempre que el importe, total o parcial, obtenido se destine a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, estableciéndose diversos requisitos para ello.