Compliance.- Canal Etico (I)
El Canal Ético constituye herramienta fundamental en un sistema de compliance de la empresa, puesto que permite la comunicación de posibles situaciones de riesgo de incumplimiento o infracciones cometidas contra el orden legal, códigos de conducta aprobados por la empresa e incluso infracciones de protocolos o procedimientos.
El Canal Etico debe estar abierto a recibir comunicaciones tanto de nuestros trabajadores como de otras personas relacionadas con la empresa como puedan ser accionistas, proveedores, clientes, etc.
Pero, a su vez, el canal ético debe cumplir con una serie de requisitos tanto legales (prevenciones relativas a la Protección de Datos Personales, etc.) como operativos que garanticen su eficacia (confidencialidad, garantía de ausencia de represalias, divulgación de la existencia del canal, facilidad de acceso al mismo, confidencialidad, etc.)
Tribunal Supremo.- Cálculo de la indemnización por despido
La Sentencia del pasado 18 de febrero de 2016, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal (sentencia número 118/2016), aclara el método de cálculo de la indemnización por despido cuando resulta de aplicación la disposición transitoria 5.ª de la Ley 3/2012, de 6 de julio, resultando así que el importe indemnizatorio por el período de servicios anterior al 12 de febrero de 2012 no puede ser superior a cuarenta y dos mensualidades en ningún caso, con independencia de que posteriormente se hayan prestado servicios
Asimismo señala que cuando a una declaración de despido improcedente han precedido varios contratos temporales, la indemnización legal de cuarenta y cinco días por año de servicios ha de calcularse considerándose conjuntamente todos esos contratos, y no debe analizarse únicamente último contrato concluido.
Algunas novedades del IRPF 2015 (II)
Como ya publicamos en días pasados, la Declaración de la Renta de las Personas Físicas a presentar en estos meses ante la AEAT pondrá de manifiesto las novedades fiscales producto de la Reforma Fiscal operada en la pasada legislatura.
Adelantadas en nuestro anterior artículo sobre temas fiscales algunas de las novedades en este impuesto, completamos ahora aquella información mostrando otras significativas modificaciones que hemos de tener en cuenta a la hora de cumplimentar nuestra declaración.
GLP ABOGADOS se pone a su disposición para asesorarles en materia fiscal y en concreto a la hora de cumplimentar su Declaración de la Renta
Algunas novedades del IRPF 2015
Abierto el período para la presentación de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas, los contribuyentes hemos de saldar cuentas con la Hacienda Pública en relación a nuestros ingresos y gastos relativos al pasado ejercicio 2015.
Será en esta declaración en la que se pongan de manifiesto las reformas fiscales aprobadas por el Gobierno, ahora en funciones. Así debe atenderse, por ejemplo, a las nuevas deducciones que afectan a las familias numerosas, familias con ascendientes o descendientes discapacitados o familias monoparentales con dos hijos. Además la supresión de la deducción por alquiler y cambios en ahorro o ganancias patrimoniales.
GLP ABOGADOS se pone a su disposición para asesorarles en materia fiscal y en concreto a la hora de cumplimentar su Declaración de la Renta